# DDL770 - Escuela

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¿Te arrepientes de Lorenzin?

Si puede. Anatomía de una tecnología.

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Artículo tomado del Blog "El colgante"del 05 de octubre de 2018

En el apéndice deartículo anterior y en el surco temático de la protesta, útil o no, que me llevó a cerrar el blog, agrego aquí algunas consideraciones analíticas y contextuales sobre el proyecto de ley pendiente mencionado anteriormente. 770 firmados conjuntamente por los líderes del grupo Stefano Patuanelli (M5S) y Maximiliano Romeo (Liga) y miembros de la Comisión de Higiene y Salud del Senado Pierpaolo Sileri (M5S) María Domenica Castellone (M5S) y Sonia Fregolent (Liga) teniendo "Disposiciones de prevención de vacunación". El testo, presentado el 7 de agosto, se asigna a la 12ª Comisión Permanente (Higiene y Salud) del Senado en la oficina de redacción. Esto significa que cualquier enmienda a la propuesta será evaluada y aprobada solo dentro de la Comisión, reservando el voto para el texto final sobre la Asamblea. La discusión comenzó el 2 de octubre.

Ya se ha documentado y deplorado el hecho de que la "obligación flexible" regulada por la propuesta "excedería" la obligación de Lorenzin en un sentido totalmente aumentativo, al igual que un automóvil deportivo poderoso superaría a un vehículo utilitario en la carretera: es decir, apunta a extenderlo en aplicaciones y en sanciones hasta el punto de hacerlo potencialmente universal. Tenga cuidado de no poner en peligro la abominación de la atención médica preventiva obligatoria, por lo tanto no motivada por la urgencia, y masiva, el DDL n. 770 lo acepta completamente proporción levantándolo todos los grupos de edad ("Para ciertas cohortes de nacimiento") en caso de "deterioro de la inmunidad grupal" (Artículo 5, párrafo 1). En estos casos, la "sanción administrativa pecuniaria de € 100 a € 500" (ibi, párrafo 3) agregaría la posibilidad de excluir a los morosos de la "asistencia de instituciones educativas del sistema educativo nacional" (ibi, párrafo 4) y por lo tanto también de escuelas obligatorias y secundarias, yendo a donde el gobierno anterior no se había atrevido a ir. Dado que, finalmente, "los objetivos a alcanzar en todo el territorio nacional" serían los establecidos por el Plan Nacional de Prevención de Vacunas (PNPV) adoptado "a propuesta del Ministro de Salud, previa consulta al Instituto Superior de Salud" (art. 2), el número de vacunas que se impondrán mediante una obligación ya no se limitaría necesariamente a las diez previstas por la Ley de Lorenzin, sino que también podría extenderse a otras enfermedades infecciosas de acuerdo con las prioridades establecidas por los técnicos y los niveles de cobertura registrados.

El nuevo DDL superaría (no "superaría") la coerción ex Lorenzin expandiéndola en todas las direcciones posibles: a) de los grupos de edad y, por lo tanto, del número de personas involucradas, b) de las sanciones aplicables yc) de las vacunas sujetas a la obligación . Dicho esto, el deseo del escritor solo puede ser uno de sus muerte silenciosa y prematura, y que nunca pueden abandonar los escritorios de quienes lo concibieron. Un resultado aún más necesario si se mide la intención de intensificar aún más la imposición de Lorenzini con las medidas posiciones adversas a la obligación ya expresado por el Ministro de Salud en el cargo y, más aún, por el secretario de la Liga Matteo Salvini, quien también en un mitin reciente reiteró cuán sacrosanto es el derecho de ir a la escuela para todos los niños. Porque un país que niega este derecho no es civil». Habiendo agregado, sin embargo, que "hay dos de nosotros en el gobierno", queda por preguntarse por qué entre las firmas en la parte inferior de una propuesta que explícitamente niega el derecho de "asistir a instituciones escolares en el sistema educativo nacional". la del líder de su grupo en el Senado también aparece.

Si las circunstancias no permitieran la revocación del texto, la disposición anormal de suspensión de las escuelas y jardines de infancia se eliminaría al menos con urgencia: ambas para no atacar con certeza a un deber de derecho constitucional (art. 34) sobre la base de las eventualidades temidas y remotas, tanto para emerger las garras de un mecanismo de coerción y discriminación que no tiene precedentes en la historia republicana. Sin embargo, como alternativa deseable, este resultado aún dejaría la planta intacta. Una ley profundamente errónea y peligrosa en sus fundamentos científicos y jurídicos., cuyo precedente abriría la puerta a la posibilidad de abusos que, poco o nada en beneficio de la salud pública, pondrían en peligro la cohesión social y la confianza en las instituciones. Analizar las formas en que esto sucedería también es útil en la hipótesis deseada de una inversión de la dirección de los tomadores de decisiones, para dibujar una advertencia más general sobre los males de una legislación "tecnocrática" aplicada a un caso concreto.


Como cualquier ley de inspiración "técnica", la DDL n. 770 prefigura un mecanismo de dirección «algorítmico» y lineal. La disposición se basa en el doble pilar de información de un PNPV de cinco años que contiene el calendario, los objetivos y las recomendaciones con respecto a la prevención de vacunas, y el nuevo Registro Nacional de Vacunas donde fluyen los datos relacionados con el estado de vacunación de la población. Al cruzar los dos flujos de información, las autoridades sanitarias deberían poder monitorear la correspondencia de los comportamientos de vacunación con los objetivos establecidos en tiempo casi real y con precisión "granular" según la edad, el sexo, la ubicación geográfica, las condiciones clínicas, etc. intervenir "quirúrgicamente" en situaciones donde no se alcanzan los objetivos. Teóricamente sería posible, por ejemplo, activar la obligación del VPH para preadolescentes varones solo en una provincia, o la obligación contra la gripe para sujetos de edad avanzada solo en una región.

Se lanzarían los "planes de intervención extraordinaria" que implican la obligación, la única noticia realmente positiva, "a propuesta del Ministro de Salud después de la deliberación del Consejo de Ministros, después de consultar al Instituto Superior de Salud ... por decreto del Presidente de la República », Es decir, a través de una decisión política y un proceso que no es exactamente" magro "ni mucho menos automático. Esto debería garantizar un margen de discreción política que, sin embargo, quedaría sujeto a la "ley severa" del número, integrando disciplinariamente el "restricción externa»Donde los cuerpos políticos deciden cómo pero no el ¿qué, y un parámetro solo simbólicamente relacionado con el objetivo, como el umbral de déficit del gasto público o la relación déficit / PIB, surge como un tótem para la acción legislativa. La falla del método subyacente a esta visión monofactorial y mecánica, más cerca de la dinámica de un videojuegos que la complejidad de un fenómeno biológico y de masas se refleja puntualmente en sus herramientas.


Plan nacional de prevención de la vacunación: la restricción externa

En la propuesta examinada aquí, los objetivos de cobertura de vacunación dictados por el PNPV serían la única fuente de intervención legislativa, lo que se vería privado del poder de deliberar sobre cada caso individual al aceptar criterios científicos más amplios y también no científica, según múltiples fuentes de derecho. La tabla tecnocrática se revela aquí en la ilusión de "esterilizar" la falibilidad del proceso de toma de decisiones políticas sometiéndola a un criterio que se considera político, extrayendo origen y legitimidad de sí mismo y de la "evidencia". Pero esto simplemente no es posible. La elaboración de objetivos para la difusión de una profilaxis, y más allá del hecho de elegir aquellos objetivos e que La profilaxis en sí misma refleja una visión del mundo y una jerarquía de prioridades e intereses. En 2015, el famoso epidemiólogo. Vittorio Demicheli denunció por ejemplo, en las páginas del Sole 24 Ore que «el calendario que se muestra en el [entonces] Plan nacional de vacunación es la copia fiel del" calendario para la vida "patrocinado por las industrias farmacéuticas». La historia, neta de cualquier juicio, nos recuerda que la dialéctica y las inciertas robadas de la política reaparecen inevitablemente en los planos superiores de la tecnología que, al tomar su decisión, se convierte en política a pesar de su pobreza.

En términos de mérito, muchos observadores distraídos apreciaron el "sentido común" de la propuesta no. 770 sin, al menos, conocer los ambiciosos requisitos del PNPV que deberían surgir por ley, o la situación en la que esto debería tener lugar. Desplazándose por el texto vigente hoy, uno se daría cuenta de que la aplicación de la obligación de "desviaciones significativas ... como generar el riesgo de comprometer la inmunidad grupal" desencadenaría un aumento vertiginoso en las inoculaciones para hacer que el Lorenzino dicte pálido. Esbozamos a continuación una simulación cruzando los datos más recientes sobre la cobertura y las recomendaciones de PNPV 2017-2019:

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La simulación adquiere escenario de caso normal, es decir, en el que un gobierno en el cargo cumplió con las disposiciones del art. 5. Por supuesto, las recomendaciones del nuevo PNPV pueden introducir una gradualidad de los umbrales, pero esto movería el problema sin resolverlo. O, de nuevo, que un ejecutivo solo activará parcialmente los planes extraordinarios justificados por las desviaciones, pero esto transformaría el derecho de la persona a estudiar e inviolabilidad en una mera concesión que deroga la ley por "bondad" - siempre revocable y siempre sujeto a apelación - alguien

En resumen, la "flexibilidad" de la obligación en cuestión se revela como la de una vejiga vacía que se adapta elásticamente a su contenido. Si bien promete adaptarse a las "circunstancias", la "situación" o, como algunos cándidos todavía creen, las "epidemias", en realidad sigue el perfil de una recomendación técnica que, al expandir los objetivos al máximo, expande la envoltura al máximo legislación y fiscalidad que se adhiere a ella. Entonces descubrimos que las vacunas obligatorias para niños y adolescentes podrían aumentar de los actuales diez a quince, y con los de la tercera edad de cero a tres, sin decir qué recaería sobre los "profesionales de la salud", cuya mención por separado (art. 5, párrafo 1) parece sugerir que estarían sujetos a obligaciones adicionales y específicas.

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Inmunidad grupal: la política del numerino

Según la teoría de la inmunidad grupal (o "rebaño"), la circulación de un agente infeccioso dentro de una comunidad puede detenerse si un porcentaje suficiente de sus miembros están inmunizados contra ese agente. Sin otras recomendaciones cualitativas, los "objetivos" del PNPV que deberían informar las intervenciones extraordinarias del ejecutivo coinciden precisamente con los umbrales porcentuales de cobertura de vacunación para evitar el "compromiso de la inmunidad grupal". El mecanismo de protección contra enfermedades infecciosas prefigurado por el DDL se reduce así a monitorear un solo parámetro al casar una visión rígidamente unidimensional del problema que se presta a más de una crítica.

Sobrevolar las diatribas científicas sobre la determinación de los umbrales, las tasas y la duración de las seroconversiones y la persistencia de fenómenos epidémicos para algunas enfermedades, incluso por encima de los umbrales de seguridad (como quiénes, quiénes o quiénes), el problema más obvio es de naturaleza política. Que debemos alcanzar todo antígenos la cobertura máxima recomendado en la literatura (en el PNPV todo es obsesivo ≥ 95%, pero vea la tabla a continuación) y no modula los objetivos de acuerdo con la presencia, probabilidad y peligro de cada enfermedad, es una decisión que no puede escapar del debate democrático. La vacunación es ante todo, y en algunos casos exclusivamente, una herramienta útil para la protección personal. farne siempre e automáticamente desencadenar el objetivo "épico" de suprimir enfermedades en el país o en el mundo subyacente cuando esto está científicamente probado, un proyecto exclusivamente político que, debido a las proporciones de su ambición y los medios drásticos que reclama, debe compartirse y debatirse caso por caso, involucrando a una audiencia democrática más amplia, sin relegarlo a las tablas de un documento técnico.

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Umbrales de inmunidad grupal (de Paul EM Fine. Inmunidad colectiva: historia, teoría, práctica.Epidemiol Rev.1993. 15; 2: 265-302).

En cuanto al fondo, la elección de subordinar las acciones de prevención y sanción de gravedad sin precedentes a un solo parámetro debe corroborarse con una correlación fuerte y clara entre los niveles de vacunación y las infecciones. Pero esta correlación, al menos con los niveles de cobertura ya alcanzados, está lejos de ser férrea, por ejemplo, si se cruzan los datos regionales italianos para algunas enfermedades. Por lo tanto, la medida de contagios debe investigarse y contenerse extendiendo el análisis a uno pluralidad de factores producir estrategias articuladas y focalizadas de acuerdo a cada realidad. De todo esto, sin embargo, no hay rastro en el DDL en discusión, que se satisface en lugar de imponer, con herramientas inéditas de coerción, el logro de un número una talla única para todos prometiendo subordinar una ventaja de salud incierta a certeza del sacrificio de libertad, derechos constitucionales e inclusión social de millones de personas.

La "política numerino" que se convierte en un tótem, cuyas fallas ya se han observado en otras decisiones públicas famosas (ante todo aquellos con respecto a los objetivos del presupuesto público), traiciona la voluntad ultra-reduccionista y "cibernética" para descalificar fenómenos complejos reduciéndolos a variables fácilmente comprensibles, reduciendo así al político a "guardián del número", pródromo reemplazable de una inteligencia artificial .


Registro nacional de vacunación: la voluntad de poder

Muchos observadores acogieron con beneplácito el establecimiento de un "registro de vacunación" que el DDL en discusión hereda en su totalidad del decreto de Lorenzin (el arte. 4-bis), cambiando su nombre a «registro nacional de vacunación» (AVN, art. 4). La constitución AVN servirá para "monitorear la implementación de los programas de vacunación en el territorio nacional" al registrar "los sujetos vacunados y que serán vacunados, los sujetos mencionados en el Artículo 1, párrafos 2 [inmunizados como resultado de enfermedades naturales] y 3 [ exento o diferido por razones de salud] de este decreto, así como las dosis y tiempos de administración de las vacunas realizadas y cualquier efecto secundario ".

Cabe señalar que los datos sobre la cobertura de vacunación por lugar y cohorte de nacimiento ya han sido conocidos por la administración central durante años (quiénes los de la infancia y la adolescencia), así como posibles reacciones adversas e casos de enfermedades sujetas a vigilancia. Cuando esté completamente operativo, y siempre que esté bien diseñado, un instrumento como el nuevo AVN podría facilitar "el desarrollo de indicadores" (ibi, párrafo 3) y "la recopilación e intercambio de información con organismos europeos ... internacionales". y nacional (ibi, párrafo 4), pero no agregaría mucho en términos de información. Si el problema fuera la ineficiencia de la recopilación y transmisión de datos a cargo de las administraciones locales, sería fácil predecir, en analogía con otros sectores ya invertidos por furia de portales y "big data", que la introducción de nuevos cargos y procedimientos implicaría otras cargas burocráticas y, por lo tanto, ineficiencias.

Sin embargo, el problema fundamental es otro. Si bien promete ser un registro de datos de salud para mejorar la salud pública, la AVN en realidad recopilaría una lista de "sujetos" (nombre, apellido, código fiscal) para controlar no tanto las condiciones clínicas, sino su adhesión a los "programas" vacunas en el territorio nacional "y, por lo tanto, las razones de su posible no adhesión. En otras palabras, serviría para monitorear el cumplimiento de una obligación legal, aunque «flexible», se ha visto que miusra - superar los residuos inciertos de las comunicaciones entre las entidades. Esto, dada su leve utilidad estadística general, acercaría el AVN a uno herramienta policial de sanidad animal gracias a lo cual sería posible identificar y sancionar en tiempo real no ciertas categorías de individuos, sino cada residente individual en la ley de vacunación.

En el contexto de una obligación que promete, sujeto a cambios, expandirse considerablemente más allá de lo que ya está impuesto por la ley vigente - en el orden de millones de nuevas dosis cada año - y el alcance de las sanciones previstas, la adopción de este instrumento parece Promover un cambio adicional y decisivo de las políticas de información e intercambio a las de uno coerción sin escape, abriendo la puerta a una medicalización potencialmente interminable "ciega y sorda" porque ya no está equilibrada, ni siquiera en sus riesgos, por las críticas y objeciones de ciudadanos y operadores.

La "voluntad de poder", la última etapa de la tecnocracia, desplaza todo el peso de la acción política al lado de la vigilancia y la represión para liberarla de la resistencia de una base popular identificada como "enemiga del progreso" y que, según la Constitución, ya no es el instigador supremo de esa acción. Por lo tanto, tiende a un sueño gobierno ontológicamente totalitario donde es posible identificar y eliminar sin esfuerzo cada excepción o desajuste gracias a la capilaridad de las herramientas electrónicas en la red: desde el control de las comunicaciones por Internet hasta la detección automática de conversaciones, desde la presentación o el bloqueo de los gastos "sin efectivo" hasta la videovigilancia generalizada, desde el seguimiento Integración de GPS a base de datos para acceder a los detalles de la vida de cada uno «con un clic». Estas herramientas, debido al enorme poder que concentran en manos de muy pocos, y en un contexto ya irresistiblemente adecuado para la introducción de nuevas coerciones, deberían limitarse a aplicaciones de máxima urgencia y necesidad únicamente. Francamente, este no parece ser el caso con un nuevo registro nacional de vacunación.

Pero depende de tu punto de vista. Y de los propósitos.

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