Covid: Garante de privacidad, no a los "pases de vacunación" para acceder a las instalaciones o utilizar los servicios sin una ley nacional

Covid: Garante de privacidad, no a los "pases de vacunación" para acceder a locales o utilizar servicios sin una ley nacional

Este artículo está extraído del comunicado de prensa del garante de privacidad del 1 de marzo de 2021.


Covid: Garante de privacidad, no a los "pases de vacunación" para acceder a las instalaciones o utilizar los servicios sin una ley nacional

Con la llegada de las vacunas anti-Covid-19, se está discutiendo la oportunidad de comenzar a implementar soluciones, incluidas las digitales (por ejemplo, aplicaciones), para responder a la necesidad de informar sobre estar vacunado o no como condición para ' 'acceso a determinados locales o para el uso de determinados servicios (por ejemplo, aeropuertos, hoteles, estaciones, gimnasios, etc.).

En este sentido, si se pretende recurrir a las soluciones antes mencionadas, el Garante de Privacidad llama la atención de los tomadores de decisiones públicos y de los operadores privados italianos sobre la obligación de cumplir con la normativa sobre protección de datos personales.

Los datos relativos al estado de vacunación, de hecho, son datos especialmente delicados y su tratamiento incorrecto puede tener consecuencias muy graves para la vida y los derechos fundamentales de las personas: consecuencias que, en este caso, pueden derivar en discriminación, violaciones y compresiones ilegítimas de libertades constitucionales.

Por tanto, el Garante considera que el tratamiento de los datos relacionados con el estado de vacunación de los ciudadanos con el fin de acceder a determinadas instalaciones o el uso de determinados servicios, debe ser objeto de una ley nacional, de conformidad con los principios de protección de datos. (en particular, los de proporcionalidad, limitación de la finalidad y minimización de datos), con el fin de lograr un justo equilibrio entre el interés público que se persigue y el interés individual en la confidencialidad.

En ausencia de esta posible base legal - sobre cuya compatibilidad con los principios establecidos por el Reglamento de la UE el Garante se reserva el derecho de decidir - el uso en cualquier forma, por entidades públicas y entidades privadas que prestan servicios para el público, de aplicaciones y los pases destinados a distinguir a los ciudadanos vacunados de los no vacunados deben considerarse ilegítimos.

Esta cuestión será objeto de un próximo informe al Parlamento.

Roma, 1 marzo 2021


fuente: https://www.garanteprivacy.it/web/guest/home/docweb/-/docweb-display/docweb/9550331

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